Crean el Registro Nacional de Productos Fitosanitarios para facilitar el comercio de agroquímicos
Al nuevo registro se incorporarán automáticamente todos los productos ya inscriptos, y establece que las autorizaciones para nuevos elaboradores o productos se obtendrán por simple Declaración Jurada, sujeta a fiscalización posterior.
El Senasa publicó el último viernes en el Boletín Oficial la Resolución 458/2025, con el objetivo de modernizar, unificar y agilizar todos los procedimientos vinculados al registro, autorización, importación, etiquetado y control de productos fitosanitarios.
El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó que esta medida “facilita el comercio de agroquímicos, reduce trámites y acorta plazos”, y remarcó que esta desregulación “apunta a bajar márgenes de comercialización y convertir a la Argentina en un país más amigable para la innovación”.
Los productos importados de países con normativas equivalentes y que ya cuenten con antecedentes en nuestro país podrán ser autorizados en forma simplificada, mientras que se establece un procedimiento transitorio para nuevos fitosanitarios que aún no están en el mercado argentino, con plazos claros y control técnico por parte del SENASA.
Además, la norma adopta el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) de Naciones Unidas, que permitirá mejorar la comunicación de peligros para la salud y el ambiente, elevando la seguridad de trabajadores, aplicadores y consumidores.
Los plazos también se acortan: 30 días para autorizar ensayos a campo y hasta 180 días para registrar productos.
La resolución a su vez redefine los criterios de equivalencia internacional, incorpora controles basados en información toxicológica y ecotoxicológica actualizada, y fija plazos de adecuación para el nuevo etiquetado. A su vez, otorga validez indefinida a los registros, que solo podrán ser cancelados por riesgo comprobado o incumplimientos.
Finalmente, se abrogan más de una docena de normas anteriores para evitar superposiciones y dar coherencia al marco regulatorio vigente. La medida entrará en vigencia dentro de 90 días.