Regionales

(AUDIO) – Baigorria explicó las nuevas flexibilizaciones del «Distanciamiento Social» en Porteña

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En las ultimas horas, Porteña se adelantó y dio a conocer las flexibilizaciones que permite la nueva etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio que se desprende del nuevo decreto nacional que se conoció hoy lunes, pero que aun el COE Central de Córdoba no evaluó ni dio instrucciones a los Municipios.

En diálogo con LA RADIO 102.9, el intendente Prof Carlos Baigorria indicó que «las personas que vivan en el departamento, y lleguen a Porteña, solo con presentar su DNI y comprobar su residencia podrán ingresar libremente. El certificado habilitante de circulación se pedirá para personas residentes en otros departamento de la provincia, o en localidades aledañas que corresponden a Santa Fe».

En este marco, Baigorria explicó que se si el COE indica que estamos haciendo mal las cosas, volveremos a las medidas anteriores, pero estamos actuando acordes al Decreto Nacional que salió oficializado en el boletín de ayer (lunes). «Además estamos en una región donde no hay contagiados, y se encaminan mayores flexibilizaciones», indicó.

En el marco del nuevo distanciamiento social, preventivo y obligatorio se informó, desde la Municipalidad de Porteña las nuevas Resoluciones:

  • 1-  Se podrá transitar libremente dentro de los límites del Departamento San Justo, fuera de los mismos se necesitará poseer certificado único habilitante para circulación 
  • 2- Continuarán instalados los Puestos de Control Sanitario
  • 3 – Actividades Económicas: Funcionarán aquellas que posean Protocolo de Funcionamiento aprobado por la Autoridad sanitaria Provincial (C.O.E.) 
  • 4- Actividades Deportivas, Artísticas y Sociales: Se permitirán siempre que no impliquen la concurrencia de más de 10 Personas, previo la a la aprobación de Protocolo de Funcionamiento aprobado por la Autoridad sanitaria Provincial (C.O.E.)
  • 5- Actividades Prohibidas: Dictado de clases presenciales en todos los Niveles Educativos, realización de Eventos en espacios públicos o privados, Sociales, Culturales, Recreativos, Religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 Personas. Práctica de cualquier Deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre Participantes, Cines, Teatros, Clubes, Centros Culturales, Servicio Público de Transporte, de Pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados, Turismo
  • 6 – Reglas de Conducta General: Las Personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los Protocolos de Actividades y a las Recomendaciones e Instrucciones de las Autoridades Sanitarias Provinciales y Nacional.
  • En caso de incumplimiento de esta medida se dará actuación a la autoridad competente en el marco de los artículos 205 239 y concordantes del código penal .

En última instancia, el Intendente destacó el buen comportamiento de los ciudadanos ante las flexibilizaciones realizadas.

«La realidad indica que bajamos la cantidad de infectados en el departamento San Justo, y pronto se estarán sumando más actividades flexibilizadas. No podemos vivir de cuarentena», finalizó.

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