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La Legislatura aprobó el uso de cámaras policiales para labrar fotomultas

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as imágenes captadas por las cámaras policiales, tanto las fijas como aquellas que están montadas sobre móviles, podrán ser utilizadas por la Municipalidad de Córdoba (y otros 102 municipios) para labrar multas, en un esquema de control y recaudación de 24 horas durante los siete días de la semana.

Con la aprobación monolítica de Hacemos por Córdoba, la Legislatura sancionó ayer una modificación a la ley 9380, que, en los hechos, cambia radicalmente su uso: hasta ahora, y desde hace 13 años, los registros eran resguardados por la Policía y podían ser requeridos por el Ministerio Público Fiscal, con el aval de la Justicia, para la persecución de delitos. Ahora, podrán ser requeridos por los municipios para multar a contraventores.

Un cambio sustancial reside en el artículo 5 de la ley, que dice: «Las imágenes y sonidos obtenidos en el marco de la presente ley sólo pueden ser requeridos por: magistrados o fiscales avocados a la investigación o juzgamiento de causas contravensionales o penales; y municipalidades y comunas bajo la condición que fije la reglamentación».

La ley no especifica si intervendrá un juez de Faltas, o si quedará en manos de funcionarios políticos. 

El esquema de cámaras desplegado en la Provincia por la Policía es de 2.259 equipos instalados en puntos fijos, de las cuales 1.099 están en la ciudad de Córdoba. Además funcionan 1.040 montadas en 260 móviles, y seis equipos (uno de ellos móvil) de reconocimiento facial. Todo este arsenal será puesto a disposición de los municipios, tal como adelantó La Voz en las últimas semanas. 

La discrecionalidad en el uso de las imágenes por parte de los municipios, al no establecerse claramente qué organismo podrá utilizarlas, quién tendrá acceso a las mismas y quién y cómo se custodiarán, fue el vértice de las críticas opositores: 

Imágenes

«Las imágenes ya no estarán en manos de funcionarios judiciales, sino que ahora la imágenes personales estarán manipuladas por personas sin responsabilidad funcional», dijo Verónica Garade.

«Mientras los agentes de seguridad buscan ver sólo a sospechosos, los agentes municipales buscarán las imágenes de quienes moran en esos lugares. Lentamente, las cámaras se irán direccionando para buscar objetivos más rentables, porque va a primar el espíritu recaudatorio», agregó. Y advirtió: «Mezclar los sistemas es un menoscabo a la privacidad de las personas y a las políticas de seguridad, que irán cediendo a la avaricia fiscal». 

«Tememos que esto pueda convertirse o desvirtuarse con el correr del tiempo en un avasallamiento de las libertades individual», dijo Orlando Arduh, del bloque de Juntos por el Cambio. Daniela Gudiño, del mismo bloque, destacó: «No se trata de una cuestión de seguridad, tiene una finalidad recaudatoria que es escondido por los autores del proyecto. No dicen que buscan una caja más para recaudar dinero, y en esos términos debería plantearlo en Ejecutivo».

Desde el Frente de Izquierda, Soledad Díaz García apuntó: «En la ciudad no hay luminarias, no hay desmalezamiento, no hay servicio de transporte, y que se venga a arengar esta iniciativa bajo el lema de una ciudad inteligente creando un Estado al que nadie controla; deberían empezar por controlar el aparato represivo vinculado al narcotráfico al robo de automóviles, a la prostitución». 

Fueron algunas de las voces críticas que se escucharon en el recinto, de manera presencial o virtual. El punto de convergencia fue la posibilidad de un uso discrecional de las imágenes y de un avasallamiento a la intimidad. PUBLICIDAD

Juan Manuel Cid, vocero de Hacemos por Córdoba, remarcó que los dos artículos de la ley que garantizan el buen manejo de las cámaras no fueron modificados. Se trata de los artículos 9 y 10.

El primera establece que «los responsables de la operación de videocámaras y otros equipos deberán adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad y confidencialidad de las imágenes, sonidos y datos por ellas obtenidos, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Cualquier persona que -en razón del ejercicio de sus funciones o de un modo accidental- tenga acceso a las imágenes, sonidos y datos que regula la presente Ley, deberá observar absoluta reserva y confidencialidad».

El otro artículo sostiene que «en caso de incumplimiento a los deberes y obligaciones por parte de los operadores de videocámaras, o de quienes tengan acceso a la información producida por éstos, será considerada falta grave».

Para defender la discrecionalidad de la reglamentación en cada jurisdicción, Cid sostuvo que «es lógica, porque no todos los municipios tienen la misma estructura orgánica, hay distintos códigos; pero lo importante es que sigue siendo el Ministerio de Seguridad el que se encargará de la manipulación de las cámaras y la grabación de las imágenes». 

En efecto, lo que se puso en tela de juicio la oposición no fue la operatividad del sistema ni la custodia de las imágenes originales, sino el acceso que tendrán a estos registros los empleados o funcionarios municipales. 

Desde la Municipalidad de Córdoba, Juan Manuel Aráoz, administrador del Tribunal de Faltas, ya anticipó que la intención es adherir a esta ley y utilizar las cámaras.

La Voz

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