Bovinos. Trazabilidad electrónica: el Gobierno reglamentó la medida que entra en vigencia en 2026
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó este lunes, mediante la Resolución 841/2025 publicada en el Boletín Oficial, la norma técnica que establece el uso de un dispositivo electrónico y una caravana visual para cada animal.
A partir del primero de enero del próximo año, ningún ternero bovino o bubalino, ni ningún animal cérvido criado con fines comerciales podrá ser movilizado ni permanecer en el establecimiento ganadero de nacimiento luego del destete si no cuenta con un dispositivo electrónico oficial, compuesto por una tarjeta visual y un identificador por radiofrecuencia (RFID), que puede ser un botón, bolo o microchip inyectable.
Estos dispositivos permitirían una lectura más rápida y precisa que los dispositivos tradicionales.
Desde este lunes hasta el primero de diciembre de 2025, los productores podrán adquirir los dispositivos. Después del plazo deben realizar las adecuaciones que resulten necesarias para dar cumplimiento de la resolución.
La entidad subrayó que La Organización Mundial de la Salud recomienda contar con un “marco reglamentario claro en materia de identificación y trazabilidad animal, componentes claves del desarrollo económico y rural”.
La caravana electrónica constituiría una inversión a largo plazo en la mejora de los sistemas de gestión ganadera, reduciendo los costos operativos y aumentando la eficiencia en la recolección y gestión de datos.
La medida marca un cronograma concreto para el reemplazo de los identificadores anuales: deberá hacerse al destete o antes del primer movimiento.
“El productor del establecimiento ganadero de nacimiento de los animales es el responsable de la identificación individual oficial de todos los terneros y terneras”, establece la resolución, que también aclara que los dispositivos “deben permanecer en el animal durante toda su vida, independientemente de su destino”.
LA VOZ

