Nuevos topes del monotributo en Argentina: ¿cuánto se puede facturar desde agosto 2025?
El Gobierno nacional anunció importantes actualizaciones en los topes de facturación, las cuotas del Monotributo y las escalas del Impuesto a las Ganancias, que comenzarán a regir en agosto. Estos cambios buscan ajustar los valores según la inflación del primer semestre del año.
Monotributo: más margen anual
El principal cambio para los monotributistas es el aumento en el tope de facturación anual. Según informó Javier Lanari, subsecretario de Prensa de la Presidencia, el límite máximo pasará de $82.370.281 a $95.000.000.
Para la primera categoría (A), el tope de facturación anual ascenderá de $7.813.063 a $9.000.000.
¿Cómo quedan las cuotas mensuales del monotributo?
Las cuotas mensuales que abonan los monotributistas también sufrirán un incremento, estimado en torno al 15,3% o 15,6%. Por ejemplo, una cuota que antes era de $32.221 ascenderá a poco más de $37.000. La categoría B, de $36.679, pasaría a más de $42.000, y así sucesivamente hasta la categoría máxima. Estos nuevos valores estarán vigentes desde agosto hasta enero de 2026.
Recategorización del monotributo: fechas clave
Una vez que el organismo recaudador (ARCA) publique las nuevas tablas oficiales con los valores actualizados, los monotributistas deberán considerar la recategorización.
- Plazo: Tendrás tiempo hasta el 5 de agosto para realizar el trámite.
- ¿Quiénes deben recategorizarse? Deberás evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en tus ingresos, alquileres devengados, superficie de tu local o energía consumida, deberás ingresar con clave fiscal para recategorizarte.
- ¿Quiénes no deben hacer nada? “No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad”, según ARCA.
- Recategorización de oficio: Si un contribuyente no se recategoriza o lo hace de manera inexacta, ARCA puede “recategorizarlo de oficio” si detecta compras, gastos o acreditaciones bancarias superiores a los ingresos brutos máximos de su categoría.
ARCA informó que «en los próximos días se habilitará el acceso para realizar la recategorización, luego de la publicación de los nuevos valores del índice de precios al consumidor (IPC)».
Impuesto a las Ganancias: también hay novedades
La actualización semestral por la inflación también impacta en el Impuesto a las Ganancias, modificando el Mínimo No Imponible (MNI) y las escalas.
- Mínimo No Imponible (MNI): Para sueldos brutos de solteros sin hijos, pasaría de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales.Para casados con dos hijos, el MNI se incrementaría de $3 millones a casi $3,5 millones.
- Deducciones: También se incrementan los valores máximos que se pueden deducir por determinados gastos, como salarios de servicio doméstico, gastos educativos de hijos y alquiler de vivienda. Estas deducciones deben registrarse en el Formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador.
- Alícuotas: Los ingresos por encima del MNI y demás deducciones quedan alcanzados con alícuotas progresivas que van del 5% al 35% sobre la ganancia neta.