Locales

Presentaron ‘La Rifa de la Ciudad’ – Habrá $920.000 en premios en efectivo

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Habrá sorteos mensuales y el gran premio de $300.000 que será sorteado en el Festival del Humor y la Canción 2018. Valor de rifa $2100.

En la mañana de Miércoles, el Intendente Dr. Gustavo Tevez, junto a los Secretarios Matias Bustos, y Sebastian Garcia, y presidentes de los clubes locales; presentó ‘La Rifa de la Ciudad’.

“Se revaloriza el sentido de pertenencia de los brinkmanenses, y se trabajará junto a los clubes locales: Centro Social, San Jorge, Bertossi y Atlas” explicó Tevez. Asimismo agregó que los clubes recibirán un porcentaje de esta recaudación para sustentarlos en la planificación de actividades, mantenimiento, y acompañamiento a quienes no puedan abonar una cuota.

El valor de ‘La Rifa de la Ciudad’ será de $2100.- que se podrá abonar de contado, o en cuotas. Habrá un total de $920.000 en premios en efectivo, que se distribuirán en sorteos mensuales desde el 30 de abril.

La noche central de sorteos será en el Festival Nacional del Humor y la Canción. Allí se entregarán 15 premios en efectivo. Con la compra de ‘La Rifa’ se entregará una entrada para el Festival.

El premio mayor será de $300.000; y le seguirá un premio $250.000; un premio de $100.000; dos premios de $50.000; uno de $20.000; y el resto serán de $10.000,; $6.000; y $5.000.

SORTEOS MENSUALES: Habrá diez premios por mes. El primer premio de $4.000; y nueve premios de $2.000.

Se podrá abonar en 9 cuotas mensuales.

“LA RIFA DE LA CIUDAD”

BASES Y CONDICIONES:

1. “La Rifa de la Ciudad” es organizada y desarrollada por la Municipalidad de Brinkmann, en forma conjunta con el club Centro Social y Deportivo Brinkmann, la Fundación Social y Cultural San Jorge, el club Deportivo Barrio Bertossi y Atlas Brinkmann Asoc. Civil. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad será el ente emisor de los números.-

2. Podrán participar de esta rifa todas las personas físicas mayores de 18 años y las personas jurídicas que tengan su domicilio en el territorio de la República Argentina.-

3. La presente rifa tendrá vigencia en la provincia de Córdoba, desde el primero de febrero de dos mil dieciocho al veinticuatro de noviembre de dos mil dieciocho inclusive, fecha hasta la cual se podrán adquirir las rifas.-

4. Los organizadores emitirán mil quinientas (1500) rifas, las que serán vendidas a un precio de pesos dos mil cien ($2100,00) cada una. Las mismas tendrán impresas la numeración correlativa que va desde 0001 al 1500, en una sola serie de números y la forma de pago podrá ser de contado efectivo o en nueve (9) cuotas de la siguiente forma: la primera cuota de pesos doscientos ($ 200,00), de la segunda cuota a la séptima cuota de pesos doscientos treinta y cinco ($ 235,00) y la octava y novena cuota de pesos doscientos cuarenta y cinco ($ 245,00), todas consecutivas, en efectivo y durante los meses de marzo a noviembre de dos mil dieciocho; siendo el vencimiento de cada una de ellas, el día quince de cada mes o hábil subsiguiente.-

5. La rifa otorgará en premios la suma máxima de pesos novecientos veinte mil ($ 920.000,00); la que se distribuirá de la siguiente forma: siete (7) sorteos mensuales con diez (10) premios, nueve (9) premios de pesos dos mil ($ 2000,00) y uno (1) de pesos cuatro mil ($ 4.000,00) y un sorteo final, que distribuirá la suma máxima de pesos setecientos sesenta y seis mil ($766.000,00), en quince (15) sorteos, y con los premios que a continuación se establecen: un 1er premio de pesos trescientos mil ($ 300.000,00), un 2do premio de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00), un 3er

premio de pesos cien mil ($ 100.000,00), un 4to premio de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00), un 5to premio de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00), un 6to premio de pesos veinte mil ($ 20.000,00) y 7mo premio de pesos veinte mil ($ 20.000,00), un 8vo premio de pesos veinte mil ($ 20.000,00) y 9no premio de pesos veinte mil ($ 20.000,00), un 10mo premio de pesos diez mil ($ 10.000,00) y 11ro de pesos seis mil (6.000,00) y del 12do al 15to de pesos cinco mil ($ 5000,00).- En todos los casos se establece que los adquirentes podrán participar en los sorteos mensuales siempre y cuando estén al día con el pago de la cuota o lo hayan abonado en su totalidad, y participaran del sorteo final, solo aquellos adquirentes que hayan pagado en su totalidad la rifa hasta el día 15 de noviembre de 2.018. La falta total o parcial de pago de la rifa significara la pérdida total de los derechos a participar de los sorteos.-

6. La falta de pago de una cuota hará perder a la boleta su valor, quedando en consecuencia la misma anulada. La mora se producirá automáticamente y el adquiriente perderá derecho a la devolución de lo ya abonado

7. La entidad organizadora no se responsabiliza por la pérdida, sustracción o deterioro de la presente boleta.

8. El pago de la boleta no podrá comprobarse con testigos, ni con otra prueba que no sea el talón oficial extendido por la entidad.

9. Todos los premios serán adjudicados, en caso de que salga un número no vendido o con incumplimiento de pago, se sortearía de nuevo. Para el caso que el premio sea gravado por impuestos y/o contribuciones exigibles, el pago del mismo correrá por cuenta del ganador, debiendo los organizadores deducir del premio el importe correspondiente.- Los gastos de movilidad, alojamiento o todo otro gasto en que los participantes pudieran incurrir, incluyendo traslados y estadías para reclamar y/o retirar el premio, serán a exclusivo cargo de los mismos.-

10. Los sorteos mensuales se efectuarán el 30/04/18, el 31/05/18, el 29/06/18, el 31/07/18, el 31/08/18, 28/09/18, y 31/10/18; y el sorteo final será llevado a cabo en el Festival Nacional del Humor y la Canción del mes de noviembre de 2.018.-

11. La adjudicación de los premios se resolverá por sistema de bolillero y ante escribano público, los que se llevarán a cabo en las fechas indicadas en el punto 6., a las

20.00 hs., en la Sala de Actos “Jose S. Pagani”, cita en Int. Zampol 203 de la ciudad de Brinkmann para los sorteos mensuales y en el Predio Luis Landriscina en el caso del sorteo final. En todos los sorteos se labrará un acta que fiscalizará y suscribirá un escribano público y que será el acta oficial de adjudicación.-

12. El plazo establecido para el cobro del premio, mensual o final, será en la sede que dispongan los organizadores y queda establecido de la siguiente manera: dentro de los siete (7) días corridos a contar de la fecha de los sorteos, luego de esos días los organizadores reiterarán al ganador el premio obtenido, luego de esta comunicación esperará 10 días corridos y transcurrido ese tiempo caducará el derecho al cobro del premio, sin posibilidad de reclamo alguno y el beneficio en este caso quedará para la institución que lo haya vendido.- Para que el premio resulte asignado, el ganador deberá presentarse a retirar el premio, con su documento de identidad original y con una copia del mismo y con el cupón del número de la rifa. No generan derecho a premio los cupones que no resulten legibles, que estuvieran dañados, adulterados y/o defectuosos.-

13. Los organizadores serán los responsables del tratamiento y seguridad de los datos personales de los adquirientes.- Estos datos se registraran a los efectos del desarrollo de la presente rifa, sorteo, notificación de ganadores y podrán ser utilizados en el futuro con fines de información.- Los participantes titulares de los datos personales podrán consultar, rectificar, actualizar y/o suprimir los datos informados a los organizadores, en cualquier momento, durante la vigencia de la rifa o bien, una vez finalizada la misma.- El registro y participación en la presente rifa implicara el otorgamiento por parte del participante del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.-

14. La comunicación de los adjudicatarios ganadores de los sorteos mensuales y del sorteo final será dada a conocer y publicada por los organizadores a través de los medios masivos de comunicación de la ciudad de Brinkmann.- Los ganadores de cualquiera de los premios de esta rifa autorizan a los organizadores a difundir públicamente, transmitir, retransmitir, reproducir o publicar las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imágenes y/o voz y/o datos personales, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo

presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, internet, etc.) con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia de la rifa y hasta tres años después de su finalización, sin que el ganador tenga derecho a reclamar indemnización o compensación alguna.-

15. En caso del fallecimiento del adquirente, adherido a la rifa, él o los herederos legales tendrán el derecho de continuar pagando el saldo de la rifa y de participar como propietarios del número en los sorteos pendientes en los términos de ley.-

16. Los organizadores se declaran únicos responsables de la entrega de la totalidad de los premios, liberando y eximiendo de toda responsabilidad a la entidad autorizante, facultando a Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. a hacer entrega de los datos y copia certificada de la documentación que avala la entrega de premios a los potenciales beneficiarios.-

17. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la rifa, los participantes y el organizador se someten voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Quinta Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Morteros renunciando a otro fuero que pudiera corresponderles incluso el federal.-

18. La participación en la rifa implica el integro conocimiento y aceptación de las presentes bases y de sus términos y condiciones, como así también de las decisiones que conforme a derecho adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas, siempre que estas últimas se ajusten al régimen legal vigente.- Los organizadores tendrán derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes bases, sin afectar la esencia de la rifa, como así también a cancelar o modificar esta rifa en forma total o parcial, cuando se produzcan circunstancias no imputables al mismo y no previstas en estas bases. Las decisiones tomadas por los organizadores serán inapelables y los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.-

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