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Tras anuncios del COE, Tevez reúne a gastronómicos para acordar horarios – Que dice el Protocolo

¡Compartir es demostrar interés!

Tras conocerse los anuncios del COE Central que desde este jueves se permitirá abrir a bares, comedores y restaurantes, durante la jornada del miercoles, el intendente Gustavo Tevez, junto a miembros del Comité de Crisis mantendrán una serie de reuniones para conocer en detalle la aplicación de los protocolos emitidos por la autoridad sanitaria y debatir los horarios de cierre del sector.

De acuerdo a las costumbres de nuestra comunidad, un horario posible es entre la medianoche y la 1 de la madrugada.

PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS GASTRONÓMICOS

  1. INTRODUCCIÓN
     Alcance
     Objetivos
     Público destinatario
  2. CAPÍTULO 1. NOMENCLATURA Y MEDIDAS GENERALES
    a. MEDIDAS DE PREVENCIÓN
    1) Recomendaciones visuales
    2) Distanciamiento social
    3) Higiene de manos
    4) Higiene respiratoria
    5) Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
    6) Transporte desde y hacia el lugar de trabajo
    7) Acciones junto a los trabajadores
    a) Comité de Crisis
    b) Identificación de personal en riesgo
    c) Organización del trabajo
    b. MEDIDAS PARA LA DETECCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y
    CONTACTOS ESTRECHOS
  3. CAPÍTULO 2. PARTICULARIDADES
    a. PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
    1) Control preventivo
    2) Distanciamiento social
    3) Higiene de manos y respiratoria
    4) Capacitación
    b. ATENCIÓN AL CLIENTE
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    1) Servicio de Restaurante
    2) Servicio de comida para llevar – Take away
    3) Servicio de entrega a domicilio – Delivery
    c. ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
    1) Disposición del mobiliario
    2) Zonas de circulación
    d. ÁREA DE PRODUCCIÓN
    1) Cocina
    2) Recepción de mercadería
    e. TAREAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
    1) Generales
    2) En cocina y sanitarios
    f. MANTENIMIENTO
    g. RESIDUOS
  4. ACLARACIONES FINALES
     Recomendaciones específicas para Personas con Discapacidad
     Condiciones Previas
     Potestades del COE
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  5. INTRODUCCIÓN
    Ante el nuevo escenario que dispone esta emergencia sanitaria global y su impacto
    económico y social en la actividad turística, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación
    en conjunto con el Instituto de Calidad Turística (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo
    (CAT), la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina
    (FEHGRA), la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), y las
    provincias a través del Consejo Federal de Turismo, han elaborado el “Protocolo COVID19 para Establecimientos gastronómicos”.
    Las pautas contenidas en el presente siguen las recomendaciones establecidas por el
    Ministerio de Salud de la Nación, ofreciendo diversas medidas y acciones específicas para
    hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad, siendo su
    principal objetivo resguardar la salud y bienestar de las personas, trabajadores y turistas.
    Actualmente nos encontramos ante una pandemia (epidemia que se propaga a escala
    mundial) por un nuevo coronavirus, SARS-CoV-2, que fue descubierto recientemente y
    causa la enfermedad por coronavirus COVID-19. Los coronavirus son una familia de virus
    que pueden causar enfermedades en animales y en humanos. En los seres humanos,
    pueden causar infecciones respiratorias que van desde un resfrío común hasta
    enfermedades más graves.
    Los síntomas más habituales de la COVID-19 son la fiebre, la tos seca y el cansancio. Otros
    síntomas menos frecuentes que afectan a algunos pacientes son los dolores y molestias,
    la congestión nasal, el dolor de cabeza, la conjuntivitis, el dolor de garganta, la diarrea, la
    pérdida del gusto o el olfato y las erupciones cutáneas o cambios de color en los dedos de
    las manos o los pies. Estos síntomas suelen ser leves y comienzan gradualmente. Algunas
    de las personas infectadas solo presentan síntomas leves.
    El 80% de las personas se recuperan de la enfermedad sin necesidad de tratamiento
    hospitalario, el 15% son casos moderados con internación y el 5% requiere internación en
    terapia intensiva. Las personas mayores y las que padecen afecciones médicas previas
    como hipertensión arterial, problemas cardiacos o pulmonares, diabetes o cáncer tienen
    más probabilidades de presentar cuadros graves. Sin embargo, cualquier persona puede
    contraer la COVID-19 y caer gravemente enferma.
    Se transmite de una persona a otra a través de las gotas de Flügge procedentes de las vías
    respiratorias que salen despedidas cuando la persona infectada tose, estornuda o habla,
    por contacto con manos, superficies u objetos contaminados. Por eso, es importante
    mantener el distanciamiento social establecido y tomar las precauciones de contacto.
    Particularmente en Argentina el Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, firmó el
    día 12 de marzo del 2020 el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260, el cual contempla la
    ampliación de la Emergencia Sanitaria (establecida por Ley N° 27.541) en virtud de la
    pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el
    coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de su entrada en vigencia.
    Asimismo, establece en su artículo 15º que “la autoridad de aplicación, conjuntamente con
    el Ministerio de Turismo y Deportes dispondrán la implementación de las medidas
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    preventivas para mitigar la propagación del COVID-19, respecto de los y las turistas
    provenientes de zonas afectadas. También podrán disponer que las empresas
    comercializadoras de servicios y productos turísticos difundan información oficial que se
    indique para la prevención de la enfermedad”.
    Complementariamente se dictó el Decreto 355/20, que en su Artículo 2º dice: “El Jefe de
    Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación
    General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia
    Internacional” podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de
    los Gobernadores o de las Gobernadoras de Provincias o del Jefe de Gobierno de la Ciudad
    Autónoma de Buenos Aires, exceptuar del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo
    y obligatorio” y de la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades
    y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas,
    siempre que medien las siguientes circunstancias:
     Que el Gobernador, la Gobernadora o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
    Buenos Aires lo requiera por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima
    autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva.
     Que, junto con el requerimiento, se acompañe el protocolo de funcionamiento
    correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias
    y de seguridad nacionales y locales.”
    Por ello, en función de este Decreto las autoridades jurisdiccionales podrán elaborar sus
    propios protocolos en tanto y en cuanto los mismos aseguren las recomendaciones y pautas
    aquí establecidas.
    ALCANCE
    A partir del presente y en función del Decreto 355/2020 las autoridades jurisdiccionales
    podrán elaborar sus propios protocolos en tanto y en cuanto los mismos aseguren las
    recomendaciones y pautas aquí establecidas. Las mismas serán de aplicación con sujeción
    a la fase en que se encuentre y las medidas vigentes en su jurisdicción.
    Las pautas contenidas en el presente siguen las recomendaciones establecidas por el
    Ministerio de Salud de la Nación, ofreciendo diversas medidas y acciones específicas para
    hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad, siendo su
    principal objetivo resguardar la salud y bienestar de las personas, trabajadores y turistas.
    Es imprescindible que quienes conforman la cadena de valor del turismo se preparen para
    una nueva etapa pos-COVID-19, en donde la forma de viajar y hacer turismo y las nuevas
    conductas de consumo suscitan una “nueva normalidad” y exigen revisar y actualizar, de
    manera integral, las gestiones operativas de cada prestación.
    OBJETIVOS
    Dar respuesta a las necesidades del sector afectado por las medidas que restringen su
    actividad
    Implementar medidas para garantizar la salud de las personas.
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    Controlar y evitar la propagación del virus.
    Acompañar las medidas sociales que las autoridades recomienden o establezcan.
    Garantizar la continuidad de la actividad turística.
    PÚBLICO DESTINATARIO
    El Protocolo COVID-19 para Establecimientos Gastronómicos está destinado a todos
    aquellos establecimientos que brindan servicios de gastronomía en el territorio de la
    provincia de Córdoba, con el fin de asegurar en todos los puntos críticos de la prestación,
    la prevención de la propagación del virus en la comunidad y la afectación de las y los
    trabajadores de todo el sector.
  6. CAPÍTULO 1. NOMENCLATURA Y MEDIDAS GENERALES
    El presente Capítulo comprende las Recomendaciones para el desarrollo de Protocolos en
    el marco de la pandemia, del Ministerio de Salud e la Nación de fecha 26 de mayo de 2020.
    http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001961cnt-covid-19-modelorecomendaciones-desarrollo-protocolos-pandemia.pdf
    Las mismas serán de aplicación con sujeción a la fase en que se encuentre y las medidas
    vigentes en su jurisdicción.

a. MEDIDAS DE PREVENCIÓN
1) Recomendaciones visuales
Colocar en lugares fácilmente visibles, información sobre las medidas de
distanciamiento social, la adecuada higiene de manos, la apropiada higiene
respiratoria, y las recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de
COVID-19. Esto debe además complementarse con otras modalidades (información
en página web, redes sociales, por correo electrónico o por teléfono, entre otras) para
informar a los trabajadores acerca las medidas de higiene y seguridad adoptadas por
la institución.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/prevencion
En cuanto a las características de la definición de caso, la misma se establece en
forma dinámica en el sitio:
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso

2) Distanciamiento social
Debe mantenerse una distancia mínima entre personas de 2 metros como ideal y de
1,5 metros como aceptable. Esta medida aplica tanto para los trabajadores como para
el público que asista al establecimiento (clientes, proveedores, etcétera).
Evitar el contacto físico al saludar con besos, abrazos u apretones de manos.
Evitar reuniones en espacios cerrados dentro y fuera del espacio de trabajo.
No compartir mate, vajilla ni otros utensilios.
El uso de barbijo o tapabocas no reemplaza las medidas de distanciamiento social ni
la necesidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad, pero puede
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considerarse como una medida adicional cuando transitoriamente no sea posible
mantener la distancia de seguridad mínima.
Para mantener el distanciamiento social se debe limitar la densidad de ocupación de
espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, posiciones de
trabajo, etcétera) a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, para
ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.
Cuando por sus características, esto no sea posible, se debe impedir el uso de estos
espacios
En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de seguridad (2 metros ideal,
mínimo 1,5 metros) entre puestos de trabajo, considerar la instalación de medidas
físicas (mamparas, paneles de vidrio) de fácil y frecuente limpieza.
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/preguntasfrecuentes#distanciamiento
3) Higiene de manos
Todas las personas que desarrollen tareas en los establecimientos deberán realizar
lavado de manos con frecuencia y obligatoriamente:
 Al llegar al lugar de trabajo.
 Antes y después de manipular basura o desperdicios.
 Antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar.
 Luego de haber tocado superficies públicas: mostradores, pasamanos, picaportes,
barandas, etc.
 Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
 Después de ir al baño o de cambiar pañales.
 Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
 Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, llevar las manos a la cara.
Cada local o establecimiento habilitado deberá contar con lugares adecuados para
realizar un adecuado y frecuente lavado de manos con agua y jabón (dispensador de
jabón líquido/espuma, toallas descartables o secadores de manos) y además deberán
ponerse a disposición soluciones a base de alcohol al 70% (por ejemplo, alcohol en
gel). https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico.
Es responsabilidad de la institución proveer los elementos adecuados en cantidad
suficiente y en forma accesible para la higiene personal (lavado de manos con jabón,
solución hidroalcohólica y toallas de papel). Recordar que debe emplearse soluciones
a base de alcohol únicamente cuando las manos se encuentran limpias, en caso
contrario debe realizarse el lavado con agua y jabón. Se aconseja el lavado frecuente
de manos con una duración de 40-60 segundos. Modelo de recomendaciones para el
desarrollo de protocolos en el marco de la pandemia 3 Covid-19.
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc_lavarse-manos_poster_es.jpg
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc_desinfectmanos_poster_es.jpg
Dada la mayor persistencia del virus sobre el látex o nitrilo, no se recomienda el uso
de guantes salvo para tareas específicas (tareas de limpieza, contacto directo con
secreciones).

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4) Higiene respiratoria
Utilizar barbijo o tapabocas que cubra nariz, boca y mentón en espacios laborales y
áreas comunes de trabajo. Su uso no reemplaza ninguna de las medidas de
distanciamiento físico ni de higiene.
Promover el lavado del barbijo casero con agua y jabón al menos una vez al día, y
cambiarlo inmediatamente si se encuentra sucio o mojado
(https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/barbijo).
Al toser o estornudar, usar un pañuelo descartable o cubrirse la nariz y la boca con el
pliegue interno del codo en caso de no tener colocado el barbijo casero. En ambos
casos, higienizarse las manos de inmediato.
Disponer en área de espera y/o alto tránsito de cestos de basura de boca ancha y sin
tapa para desechar los pañuelos descartables utilizados.

5) Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
Debe respetarse en todo momento la normativa vigente sobre limpieza y desinfección
según rubro y actividad.
Realizar desinfección diaria de superficies. La frecuencia de desinfección debe ser
adecuada al tránsito y la acumulación de personas, la época del año y la
complementación con la ventilación de ambientes.
Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente antes de la desinfección.
Proveer de los elementos necesarios para efectuar la limpieza húmeda (balde,
trapeador, paño, agua, detergente) y desinfección (recipiente, trapeador o paño, agua
hipoclorito de sodio de uso doméstico con concentración de 55 gr/litro en dilución para
alcanzar 500 a 1000 ppm de cloro -100 ml de lavandina en 10 litros de agua).
Las soluciones de lavandina deben utilizarse dentro de las 24 horas de preparadas
para asegurar su eficacia.
Ventilar regularmente los ambientes cerrados (al menos una vez al día), sobre todo
en período invernal o de bajas temperaturas para permitir el recambio de aire.
No se recomienda rociar o frotar la ropa, el calzado, bolsos, carteras u otras
pertenencias con alcohol, lavandina u otras soluciones desinfectantes.
No se recomienda el uso de “cabinas desinfectantes” u otro tipo de dispositivos que
impliquen el rociado de soluciones desinfectantes sobre las personas, este tipo de
intervenciones no sólo no tienen utilidad demostrada en la prevención de la
transmisión de virus respiratorios, sino que su uso puede asociarse a potenciales
efectos nocivos.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/limpieza-domiciliaria

6) Transporte desde y hacia el lugar de trabajo
Se aconseja el uso de medios de transporte individuales (automóvil, bicicleta, entre
otros). Se debe recordar mantenerlo ventilado para garantizar la higiene y la
desinfección del interior del mismo.
Se deben facilitar medios de transporte específicos para los trabajadores.
Siempre que no esté prohibido, si fuere indispensable, el uso del transporte público y
exclusivamente para las actividades en las cuales se encuentra autorizado, se
recomienda:
▪ uso de barbijo o tapabocas en todo momento.
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▪ Recordar la importancia de una buena higiene de las manos antes, durante y
después de los desplazamientos a realizar.
▪ Desplazarse provisto de un kit de higiene personal (jabón de tocador, alcohol en gel,
pañuelos descartables, toallas para secarse las manos).
▪ Respetar las distancias recomendadas de (como mínimo 1,5 metros e idealmente 2
metros). Dejar un asiento libre entre pasajeros.
▪ Evitar los aglomeramientos en los puntos de acceso al transporte que se vaya a
utilizar.
Al regresar a casa:
▪ retirar el barbijo desde el elástico evitando tocar el frente, y ponerlo a lavar (o tirarlo
si es descartable).
▪ Realizar lavado de manos inmediatamente al ingresar y siempre antes del contacto
con superficies.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/salir-de-casa

7) Acciones junto a los/as trabajadores/as
a) Comité de crisis
Se sugiere establecer un comité de crisis conformado por todas las partes
involucradas, que establezcan y monitoricen el protocolo a seguir, así como también
los responsables de garantizar el cumplimiento del mismo.
b) Identificación de personal en riesgo
Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades, están exentas del
deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución N°207/2020 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, en su artículo 1°, aquellas personas cuya presencia en el
hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes y las
siguientes personas incluidas en los grupos en riesgo:
 Mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal
esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”.
 Personas gestantes.
 Personas con enfermedad respiratoria crónica: enfermedad pulmonar obstructiva
crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias,
fibrosis quística y asma moderado o severo.
 Personas con enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad
coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
 Personas con inmunodeficiencias y estados de inmunodepresión.
 Personas con diabetes
 Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar
a diálisis en los siguientes seis meses.
 Personas con enfermedad hepática avanzada. Recordar: se debe asegurar el
respeto de la privacidad y confidencialidad de la información médica de los
trabajadores y las trabajadoras, con especial atención a la información relacionada
a patologías que configuren factores de riesgo para formas graves de COVID-19.
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https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/mayores

c) Organización del trabajo
Promover el teletrabajo en la organización.
Para aquellos que deban asistir en forma presencial reforzar la importancia de que
ante la presencia de síntomas (fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar,
alteraciones en el olfato o gusto) los/las trabajadores/as no acudan al trabajo,
notifiquen a sus superiores y al servicio de medicina laboral, y se solicite atención por
parte del sistema de salud en forma inmediata. Utilizar como referencia para ello la
definición de caso vigente del Ministerio de Salud de la Nación que se actualiza de
manera permanente.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso
Adecuar las diferentes tareas fundamentales del establecimiento en base a turnos
rotativos de trabajo1 y disposición de descansos de manera tal de garantizar, durante
toda la jornada de trabajo (incluyendo ingreso y egreso a las instituciones, jornada
laboral y momentos de descanso), la distancia entre personas de 2 metros o de1,5
metros como mínimo aceptable.
Garantizar la mínima convivencia simultánea de personas en un mismo espacio físico
cerrado.
Escalonar el horario de ingreso/egreso de trabajadores/as cuyas tareas deban
realizarse en forma presencial para evitar aglomeraciones en los puntos de acceso a
los establecimientos y reducir la ocupación del transporte público en horas pico.
Impartir instrucciones a los responsables y realizar seguimiento de cada área para que
reduzcan al mínimo indispensable la presencia de los trabajadores y las trabajadoras
en los lugares de trabajo.
Asignar turnos a usuarios, usuarias, clientes y proveedores en forma electrónica (por
teléfono/correo electrónico) https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencionpublico

b. MEDIDAS PARA LA DETECCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y
CONTACTOS ESTRECHOS

Desarrollar actividades de identificación de potenciales casos mediante la medición de
temperatura corporal, fomentando el autorreporte y la realización de cuestionarios
sencillos para la detección de posibles síntomas previo al ingreso al lugar de trabajo.
Si se instaura la medición de temperatura al ingreso a la institución, esta debe realizarse
empleando termómetros infrarrojos que no impliquen contacto físico directo. La persona
encargada de la medición de temperatura debe contar con equipo de protección personal
apropiado. – No permitir el ingreso a los locales o establecimientos donde se desarrolla
la actividad de personas con temperatura igual o mayor a 37,5°C o que presenten los
síntomas propios del COVID-19.
Evitar la estigmatización y la discriminación de personas sintomáticas o afectadas por
COVID-19 y sus contactos estrechos.
Establecer medidas a adoptar en el local o establecimiento para aislar a una persona
que manifieste síntomas de COVID-19 para lo cual se sugiere disponer una sala o zona
en donde la persona con síntomas no tenga contacto con otras personas y espere hasta
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ser evaluada adecuadamente. Se debe proceder de acuerdo a lo establecido o según lo
indicado por las autoridades locales de salud de la jurisdicción.
Ante la identificación de personal con síntomas respiratorios o fiebre, contactar
inmediatamente al Sistema de Emergencias de salud local para su evaluación y eventual
trasladado a una institución de salud. Debe notificarse toda sospecha de COVID-19 a la
autoridad sanitaria local.

Se considera contacto estrecho a:
 Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso
presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal
adecuadas.
 Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros y durante
al menos 15 minutos con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas. (ej.
convivientes, visitas, compañeros de trabajo)
 La utilización de elementos de protección personal para cada actividad se detalla en
 https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID19/recomendaciones-uso-epp
 Los contactos estrechos cumplirán indefectiblemente 14 días de aislamiento
domiciliario y realizarán monitoreo estricto de los síntomas. Los 14 días se considerarán
a partir del último día de contacto con el caso confirmado.
 https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/Identificacionyseguimiento-de-contactos.

  1. CAPÍTULO 2. PARTICULARIDADES
    a. PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
    1) Control preventivo
    Implementar medidas de control al personal, previo a su ingreso a trabajar, para la
    detección de síntomas compatibles con COVID-19 y designar responsables,
    previamente capacitados, para la tarea. La detección se puede lograr a través de
    varias técnicas incluyendo equipo de detección (tal como termómetros sin contacto)
    y/o cuestionarios sencillos.
    Si se establece la medición de temperatura al ingreso al establecimiento, esta debe
    realizarse empleando termómetros infrarrojos que no impliquen contacto físico
    directo. Las personas encargadas de la medición de temperatura deben contar con
    equipo de protección personal apropiado.
    Se deberán establecer medidas para aislar a una persona que manifieste síntomas
    de COVID-19 para lo cual se sugiere disponer una sala o zona en donde la persona
    con síntomas no tenga contacto con otras y espere hasta ser evaluada
    adecuadamente.
    Ante la identificación de personal con síntomas respiratorios o fiebre, se debe
    contactar inmediatamente al Sistema de Emergencias de salud local para su
    evaluación y eventual trasladado a una institución de salud. Toda sospecha de
    COVID-19 debe notificarse a la autoridad sanitaria local.
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    El mismo procedimiento deberá aplicarse en caso de trabajadores de empresas
    tercerizadas.
    Toda la información recabada respecto de los empleados en este contexto es de uso
    confidencial y está protegida por la Ley N° 25.326 de Protección de Datos
    Personales.
    2) Distanciamiento social
    Comunicar las medidas adoptadas para el cumplimiento del distanciamiento social,
    capacitar al personal y controlar su observancia.
    Mantener, en todo momento, una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e
    idealmente de 2 metros. No exceder en ningún momento la densidad de ocupación
    recomendada, establecida en 1 persona cada 2,25 metros cuadrados.
    Contemplar las medidas de distanciamiento social dentro y fuera del establecimiento,
    en todas las áreas comunes como recepción y/o lobby, salón comedor, pasillos,
    sanitarios, estacionamientos, y en todo otro sector del establecimiento donde pueda
    llegar a confluir una numerosa cantidad de personas en forma simultánea.
    3) Higiene de manos y respiratoria
    Lavarse las manos regularmente asegurando que el tiempo de duración del lavado
    oscile entre 40 y 60 segundos.
    Disponer de alcohol en gel en los puestos de trabajo donde el personal no tenga
    acceso al lavado de manos con agua y jabón.
    Todo personal que tenga contacto con clientes deberá utilizar barbijos o tapabocas,
    de acuerdo a la fase y las medidas dictadas en su jurisdicción.
    Excepto en tareas específicas (limpieza, contacto directo con secreciones), evitar el
    uso de guantes dada la mayor persistencia de partículas virales viables sobre el
    látex/nitrilo. Desestimar el uso de guantes para manipulación de documentación
    reforzando, en su lugar, el lavado frecuente de manos. Tener presente que el uso de
    guantes no reemplaza el lavado de manos.
    Considerar la protección de los ojos (gafas o máscara facial) en tareas puntuales. El
    nivel de protección dependerá de la actividad a realizar.
    4) Capacitación
    Se deberá informar y capacitar a los trabajadores y las trabajadoras en
    reconocimiento de síntomas de la enfermedad (de acuerdo con lo establecido en el
    Decreto 260/2020 art 15) y de las medidas de prevención de COVID-19 de acuerdo
    con la información oficial que comunica el Ministerio de Salud de la Nación. Toda la
    información que se difunda en este marco podrá ser descargada de
    https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-covid.
    Planificar las actividades, asegurándose que todo el personal se capacite.
    Las capacitaciones pueden ser brindadas por la misma organización o por terceros.
    Realizarlas preferentemente en forma remota o, si fuera presencial, mantener en
    todo momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e idealmente de 2
    metros, la densidad de ocupación no puede exceder en ningún momento 1 persona
    cada 2,25 metros cuadrados.

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b. ATENCION DEL CLIENTE
1) Servicio de restaurante
Se recomienda ofrecer servicio de reserva anticipada a fin de planificar la cantidad
de comensales desde el día anterior, previendo un tiempo prudente de consumo para
cada reserva y cumplimiento del distanciamiento social. Asimismo, informar las
condiciones de la reserva, tales como tiempo de tolerancia, horarios de atención,
menú disponible, opciones particulares, cantidad máxima de comensales por cada
reserva, condiciones de accesibilidad del local, así como cualquier medida dispuesta
para la permanencia en el mismo.
Se recomienda exhibir en un formato visible al ingreso al Restaurante, una leyenda
que advierta a los clientes el deber de no ingresar al establecimiento si cumple los
criterios de caso sospechoso vigente, definido por el Ministerio de Salud de la
Nación. La definición de caso es dinámica y puede variar según situación
epidemiológica, por lo que deberá mantenerse actualizada permanentemente.
Caso sospechoso: toda persona que presente fiebre (37.5º o más) y uno o más de
los síntomas compatibles con COVID-19 (dolor de garganta, tos, dificultad
respiratoria, pérdida del olfato o pérdida del gusto de reciente aparición), que resida
o haya transitado en zonas de transmisión local en Argentina.
Asimismo, no deben ingresar al establecimiento quienes hayan regresado de un país
considerado de riesgo en los últimos 14 días, o hayan estado en contacto con algún
infectado o con una persona que haya regresado de un país de riesgo en los últimos
14 días, que deban cumplir con el aislamiento obligatorio.
Se sugiere recordar que no cumplir con el aislamiento está penalizado por el DNU
art. 205 y 239, y puede ser sancionado acorde al Código Penal de la Nación.
Comunicar a las/los clientes las políticas que el local está tomando para preservar
su seguridad y salud. Informar, si están estipuladas, pautas de circulación dentro del
local.
Señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio y controlar que no se
supere la misma, cumpliendo las pautas de distanciamiento. Asegurar que la
densidad de ocupación no exceda, en ningún momento, 1 persona cada 2,25 metros
cuadrados.
Se sugiere brindar opciones de pago a través de medios digitales que eviten la
manipulación de dinero, por ejemplo, tarjetas de débito, crédito, billeteras virtuales
y/o pagos con Códigos QR.
Se sugiere exhibir el menú en carteles, atriles o pizarras, dispuestos en el exterior
y/o interior del local, presentar la carta en formato digital o plastificada para facilitar
su desinfección, para facilitar el cumplimiento del distanciamiento social.
Requerir durante el ingreso y la permanencia de personas el uso de tapabocas que
cubra la nariz, la boca y el mentón, mientras las normas vigentes en su jurisdicción
lo exijan. Los comensales podrán quitarse el tapabocas solamente para ingerir
alimentos y/o bebidas.
Evitar la colocación de manteles. Utilizar individuales y retirarlos luego de cada uso
para su limpieza y desinfección. En caso de tener que utilizar manteles, cubrirlos con
un protector de nylon cristal para facilitar su limpieza o cambiarlos tras la utilización
de cada cliente. Las servilletas del servicio deben ser de papel, sin excepción.
Implementar una adecuada política de lavado de vajilla.
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Ofrecer a las y los clientes solución de alcohol 70%, agua 30% antes de ingresar.
Se recomienda no disponer utensilios platos, vasos, etc. en las mesas antes de la
llegada de las y los comensales.
Brindar el servicio con personal del establecimiento, evitar en la medida de lo posible
el autoservicio de alimentos. Se sugiere ofrecer platos a la carta, en porciones
individuales.
Asegurar la desinfección de los utensilios utilizados entre comensal y comensal.
Cambiar frecuentemente las pinzas, cucharas y otros utensilios utilizados.
Ofrecer bebidas cerradas en botella o lata.
2) Servicio de comida para llevar o take away
Si el restaurante brinda servicio de comida para llevar o take away, deberá:
Establecer el uso obligatorio, tanto para el personal como para terceros, de
elementos de protección respiratoria que cubran nariz, boca y mentón para ingresar
o permanecer en el lugar.
No trabajar con la ropa de calle, contar con uniforme exclusivamente destinado para
el trabajo. Cuando esté estipulado su uso, se deberá lavar con mayor frecuencia y si
está previsto, preferentemente dentro del ámbito laboral, a temperatura mayor a
60ºC. Se deberá destinar, cuando sea posible, un lugar o vestuario para que el
personal deje su ropa de calle y evitar el cruzamiento con bolsas, utensilios, u otros
elementos de uso laboral.
Mantener en todo momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e
idealmente de 2 metros. La densidad de ocupación no puede exceder en ningún
momento 1 persona cada 2,25 metros cuadrados. Señalizar esa separación en los
lugares donde las personas realizan filas para ingresar, solicitar y pagar.
Contar con solución a base de alcohol al 70% en cada sector de atención.
Lavarse las manos con agua y jabón o utilizar alcohol en gel antes y después de
cada entrega o pedido.
Evitar la concentración de clientes en el local, teniendo en cuenta los momentos de
mayor cantidad de pedidos. Se sugiere establecer horarios escalonados de
atención.
Se sugiere mantener un canal de comunicación virtual y comunicar la disponibilidad
del pedido, por ejemplo, por SMS.
Se recomienda considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de
vidrio) en los mostradores o sectores de cajas.
Priorizar la atención de los grupos de riesgo.
Minimizar todo contacto directo. Evitar la entrega del pedido en mano al cliente.
Chequear que los paquetes estén perfectamente cerrados.
Limpiar con frecuencia las herramientas y maquinaria que se comparta.
Cuando se brinde servicio de compra y entrega desde el vehículo, procurar que el/la
cliente no descienda del mismo.
Informar a las y los clientes las medidas adoptadas por el establecimiento y los
recaudos a tener en cuenta debido a COVID-19.
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3) Servicio de entrega a domicilio o delivery
Si el restaurante brinda servicio propio de entrega a domicilio o delivery, deberá:
Extremar las condiciones de higiene y seguridad del personal conforme las
recomendaciones establecidas.
Cumplir las disposiciones vigentes en materia de manipulación de alimentos.
Evitar la manipulación de los paquetes una vez que salen de la cocina.
Se sugiere dar aviso al cliente antes de la llegada, vía chat u otro medio, para evitar
tiempos de espera en espacios compartidos.
Preferentemente debe evitarse la manipulación de dinero en el reparto, trabajando
de ser posible, con un sistema de entrega prepago u optar por medios de pagos
electrónicos.
El repartidor o repartidora deberá tener alcohol en gel disponible, de fácil acceso.
Fomentar la realización del pedido con anticipación, ya sea a través de teléfono o de
aplicaciones de reparto a fin de que el repartidor o la repartidora acudan al local
únicamente a retirar el pedido.
En caso de utilizarse mochilas o cajas habituales de traslado en delivery, estos deben
ser desinfectados previamente con solución del alcohol 70% o lavandina en las
concentraciones recomendadas.
En caso de utilizarse autos, motos o bicicletas éstas deberán lavarse y desinfectarse
previamente en los lugares habilitados a tal efecto.
El personal afectado a las tareas de distribución a domicilio deberá cumplir todas las
normas de desinfección, prevención y cuidado estipuladas.
El distribuidor/distribuidora debe evitar el contacto directo en la maniobra de entrega,
dejando los bolsones a la distancia preventiva recomendada (1,5 mts) de la persona
que lo recibe.
c. ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
1) Disposición del mobiliario
Disponer el mobiliario de los distintos espacios comunes del establecimiento,
respetando las distancias recomendadas. En caso de que no pueda mantenerse
distancia mínima de seguridad (2 metros ideal, mínimo 1,5 metros) entre puestos de
trabajo, considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de vidrio)
de fácil limpieza.
Disponer las mesas en el salón de tal forma que las distancias entre el respaldo entre
sillas de una mesa y otra sea como mínimo de 1,5 m.
Indicar la capacidad máxima de personas en las áreas de uso común, según los
metros cuadrados del espacio, que permitan cumplir con la distancia social
reglamentaria.
En ascensores, sugerir el uso individual o bien no ocupar más del 30% de la
superficie de la cabina. Estas indicaciones deben ser legibles y estar ubicadas en un
lugar visible.
Ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y garantizar la provisión de
agua y jabón en sanitarios, asegurando su reposición.
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2) Zonas de circulación
Generar, en la medida de lo posible, un sólo sentido de circulación, disponiendo un área
de ingreso y otra de egreso principal y a los distintos sectores del establecimiento,
evitando el cruce entre personas y reduciendo la proximidad entre las mismas.
Incorporar señalética que organice la circulación de las personas e identifique los
diferentes espacios.
Señalizar claramente o bloquear el acceso a las áreas que se encuentren restringidas.
No permitir el ingreso a áreas de juegos, en principio. Esto podría variar según la fase
de la pandemia.
Cuando estén permitidas las reuniones sociales, respetar la cantidad máxima de
asistentes autorizada por la autoridad Sanitaria, respetando el distanciamiento social
establecido.
Exhibir en espacios de circulación común información oficial de prevención y números
de teléfono que el Ministerio de Salud de la Nación y las autoridades locales hayan
determinado para la atención de la problemática del coronavirus.
d. ÁREA DE PRODUCCION
1) Área de cocina
Organizar al personal en grupos de trabajo o equipos para facilitar la interacción
reducida entre personas, de manera de cumplir el distanciamiento obligatorio. De no
ser posible, extremar las medidas de protección sanitaria.
Cumplir con las disposiciones vigentes en materia de manipulación de alimentos en
la elaboración, servicio y almacenamiento de productos, reforzando su sistema de
trazabilidad para materias primas y productos elaborados, que aseguren su
seguimiento y rastreo.
Limpiar y desinfectar superficies y equipos, instalaciones y espacios que se utilizan
para preparar/almacenar alimentos, como mesadas, alacenas, despensas,
depósitos, heladera, electrodomésticos, entre otros. al inicio y durante las tareas.
Cocinar los alimentos por encima de los 70ºC y mantener la cadena de frío,
conservarlos a temperatura y humedad segura, revisar fechas de vencimiento, evitar
contaminaciones cruzadas, entre otros.
Lavar la vajilla con detergente y agua caliente. Luego desinfectar con alcohol al
70%.
Enjuagar frutas y verduras con agua para eliminar tierra e impurezas. Luego, se
pueden desinfectar sumergiéndolas en agua con 1,5ml (media cuchara de té
aproximadamente) de lavandina por litro de agua (dejando actuar 20 minutos). Debe
ser lavandina de uso doméstico (con concentración de 55 gr/litro). Se deben volver
a enjuagar bien con abundante agua antes de consumir.
Cubrirse con el pliegue del codo en caso de toser o estornudar, para evitar
propagación de fluidos, proceder a lavarse y/o desinfectar las manos.
Cumplir con el lavado de manos con agua y jabón o alcohol en gel o alcohol al 70%:
al ingresar a la cocina, manipular basura, toser, recibir la mercadería, al limpiar las
superficies y utensilios que estén en contacto con los alimentos, al regresar del baño,
luego de trabajar con productos diferentes, tocar elementos ajenos a la elaboración
o de realizar otras tareas.
Procurar que el personal que no esté involucrado en la preparación de alimentos no
ingrese a la cocina y a los almacenes de alimentos.
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2) Recepción de mercadería
Se sugiere, de ser posible, definir y acordar con los proveedores un cronograma de
entrega que evite el aglomeramiento de personas y un procedimiento de recepción
de mercadería.
Mantener una distancia mínima de 1,5 metros con proveedores y/o transportistas,
siendo la medida de distanciamiento ideal de 2 metros.
Disponer de trapo de piso con lavandina en la puerta de ingreso al área destinada a
la recepción de mercadería.
Utilizar elementos de protección, tapabocas y guantes de látex resistentes para la
recepción de la mercadería.
En caso de que la mercadería se ingrese utilizando un carro de transporte,
desinfectar las ruedas del mismo previo al ingreso, con agua con hipoclorito de sodio
de uso doméstico con concentración de 55 gr/litro en dilución para alcanzar 500 a
1000 ppm de cloro -100 ml de lavandina en 10 litros de agua.
Antes de colocar la mercadería en sus lugares de almacenamiento, cámaras o
depósitos, sanitizar los envases originales. Esto se puede realizar con un paño
húmedo embebido en una solución desinfectante.
Almacenar los productos de limpieza y desinfección en un sitio exclusivo para tal fin.
El mismo debe estar ventilado, ser de fácil acceso para el personal, y bajo ninguna
circunstancia compartir estantes o disponerse junto con alimentos, bebidas o
utensilios, ni estar al alcance de niños, niñas u otras personas ajenas a la
organización
Durante el procedimiento de recepción de mercadería lavar frecuentemente las
manos con agua y jabón y/o alcohol al 70%.
Enjuagar frutas y verduras con agua para eliminar tierra e impurezas. Se podrá luego
desinfectar sumergiéndolas en agua con 1,5 ml (media cuchara de té
aproximadamente) de lavandina por litro de agua (dejando actuar 20 minutos). Debe
ser lavandina de uso doméstico (con concentración de 55 gr/litro). Antes de
consumir, volver a enjuagar con abundante agua.
Limpiar y desinfectar varias veces al día las instalaciones y espacios que se utilizan
para recibir, clasificar y almacenar alimentos, como mesadas, alacenas, despensas,
heladera, electrodomésticos.
Verificar que los productos adquiridos cuenten con la autorización de ANMAT Para
mayor información, se puede visitar el sitio:
https://www.argentina.gob.ar/anmat.
Asegurar la correcta dosificación, identificación y caducidad de los productos que
requieran ser diluidos. Usar según instrucciones del fabricante.
Asegurar la inalterabilidad y uso adecuado de productos que requieran ser
reenvasados, etiquetando el nuevo envase de manera visible, indicando su
contenido y, en los casos que corresponda, su fecha de caducidad. Asimismo, evitar
la utilización de botellas de bebidas o refrescos que puedan inducir a confusión.
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e. TAREAS DE LIMPIEZA

1) Generales
Intensificar la limpieza y desinfección de las áreas de ingreso al establecimiento.
Mantener limpias y desinfectadas las áreas de atención al público al menos tres
veces al día, y de acuerdo a los horarios de ingreso/egreso/actividades que se
realicen.
Mantener registro de las tareas de limpieza.
Ventilar de forma diaria y recurrente los espacios comunes y restringir el uso de
aquellos espacios que no puedan cumplir con esta medida.
Planificar las tareas de limpieza y desinfección de las zonas externas.
Aumentar la frecuencia del cambio de manteles.
Lavarse las manos con agua y jabón o con solución a base de alcohol al 70%
inmediatamente después de manipular la mantelería sucia.
Evitar sacudir la mantelería sucia.
Lavar de forma industrial los manteles y cubremanteles, en caso de utilizar
mantelería de tela.
Desinfectar constantemente las mesas en cada recambio, eliminado los residuos y
rociando con solución desinfectante sobre las superficies después de la limpieza o
antes del siguiente cliente.
Ventilar salones y comedores luego de cada servicio permitiendo la circulación y
renovación del aire y, siempre que las condiciones climáticas lo permitan, considerar
esta práctica durante el servicio.
Durante y luego de cada servicio, reforzar la limpieza y desinfección de superficies,
máquinas dispensadoras, picaportes de puertas, cartas de menús, mostradores de
bares, y en general, de cualquier otra superficie que haya podido ser tocada con las
manos.

2) En cocina y sanitarios

Limpiar y desinfectar frecuentemente pisos y paredes de cocina y sanitarios durante
y finalizado el servicio, utilizando para ello cloro y derivados.
Lavar y desinfectar toda la vajilla, cubertería y cristalería en el lavavajillas, incluida la
que, al finalizar el servicio, no se haya utilizado, pero haya podido estar en contacto
con las manos de las/los clientes.
Para el lavado mecánico, la temperatura del agua debe ser superior a 80°C.
En área de cocina, limpiar y desinfectar, al menos tres veces al día, los mangos, las
asas, los picaportes y manijas de puertas y los grifos e interruptores que entran
frecuentemente en contacto con las manos del personal de cocina y de camareras y
camareros.
Limpiar y desinfectar diariamente las superficies del sanitario al menos cuatro veces
al día y según la frecuencia del uso, utilizando un desinfectante doméstico que
contenga lavandina con concentración de 55 gr/litro diluida (10 ml ó 2 cucharadas
soperas de lavandina en 1 litro de agua). De utilizar una lavandina comercial con
concentración de 25 g/l, colocar el doble volumen de lavandina para lograr una
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correcta desinfección, preparado el mismo día que se va a utilizar. La lavandina
diluida debe utilizarse dentro de las 24hs dado que pierde su efectividad. Llevar el
correspondiente registro.
En sanitarios, reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías,
pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto frecuente.
Lavar con abundante agua y jabón los paños utilizados para realizar la limpieza y
desinfección a fin de asegurar que los mismos estén higienizados cada vez que se
utilicen. Se podrá utilizar también material desechable para realizar la limpieza.
Mantener constantemente ventilados sectores de cocina y sanitarios.
f. MANTENIMIENTO
Revisar diariamente el funcionamiento de dispensadores de jabón, gel desinfectante, papel
descartable – entre otros-, procediendo a reparar o sustituir aquellos equipos que presenten
averías.
Vigilar el funcionamiento de sanitarios y grifos de aseos comunes.
Comprobar el funcionamiento de todos los lavavajillas, a fin de que sean correctas las
temperaturas a alcanzar (superior a 80ºC en el aclarado) y la dosificación de productos
químicos.
Revisar el sistema de aire acondicionado y especialmente la limpieza de filtros.
Mantener la climatización en una temperatura ambiente entre 23–26ºC, asegurando una
suficiente renovación del aire.
Controlar periódicamente la temperatura de las cámaras de conservación, refrigeración y/o
congelación de alimentos, anotando el registro de control de temperatura y cualquier
incidencia detectada.
Disponer de un registro de estas acciones.
g. RESIDUOS
Proveer de bolsas/cestos/recipientes de acumulación del descarte de EPP y si se utiliza
ropa de trabajo descartable.
Identificar y señalizar lugares destinados a la disposición de residuos.
Mantener la limpieza y desinfección de los depósitos de residuos.
Cada vez que se realice el retiro de los residuos, utilizar guantes (descartables
preferiblemente) y protección respiratoria (Tapaboca).
Realizar la disposición y la gestión de residuos de EPP y de ropa de trabajo descartables,
si se utiliza, del conjunto de trabajadores en forma diaria. Se recomienda adoptar de
referencia las instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación: “COVID-19.
Recomendaciones para la gestión de residuos domiciliarios de pacientes en cuarentena”
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19

ACLARACIONES FINALES
RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
 Ante la presencia de una persona con discapacidad tener en cuenta la comunicación y los
sistemas de apoyo.
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 Realizar de manera frecuente la limpieza de las ayudas técnicas, como bastones,
muletas, andadores, elevadores y silla de ruedas. Ver guía práctica Coronavirus
Discapacidad. Protocolo de Circulación de las personas con Discapacidad (Apéndice 4).
 Los profesionales de la salud que asistan a personas con discapacidad en procesos
subagudos podrán realizar el tratamiento domiciliariamente, conforme complejidad del
paciente y certificado médico, asegurando todas las medidas de bioseguridad vigentes.
Ante cualquier duda comunicarse de la siguiente manera:
Por patologías o consultas: 351 – 2071562.
Personas sordas a través de video llamadas: 351 – 2072724.
Mail: discapacidadcovid19@gmail.com
CONDICIONES PREVIAS
Como condición previa para llevar adelante este proceso de flexibilización, los municipios y
comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre los
comercios alcanzados por el presente protocolo.
POTESTADES DEL COE
Cabe señalar que el COE Central se reservará la potestad de modificar y/o tomar las
decisiones necesarias para contener situaciones epidemiológicas puntuales que pudieran
surgir. Cómo así también modificar las flexibilizaciones otorgadas en el presente protocolo si
la situación sanitaria lo amerita.

Escribinos
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