Locales

El Municipio decretó «Duelo por 24 horas» por el fallecimiento de Averaldo Giacosa

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D E C R E T O Nº 114/20


VISTO:
El fallecimiento del Sr. Averaldo Santiago Giacosa, a la edad de 91
años, acaecido en el día de la fecha.
Y CONSIDERANDO:
Que, el deceso del Sr. Averaldo Santiago Giacosa, es motivo de
profundo pesar para nuestra comunidad.
Que el Sr. Averaldo S. Giacosa, mediante Ordenanza N° 1.752 de fecha
27 de agosto de 2003, fue declarado Ciudadano Ilustre, teniendo en
cuenta su trayectoria como fundador, en el año 1953 junto a otras
personas, del actual frigorífico “La Piamontesa de Averaldo Giacosa y
Cía. S.A.”, como así también su participación en numerosas
instituciones locales.
Que es digno de destacar su afán y su desempeño para mantener en
prestigiosa jerarquía su empresa en el turbulento y cambiante escenario
de la economía Argentina.
Que nunca dudó en adquirir la mejor y más moderna tecnología
industrial que brinde trabajo y desarrollo para el pueblo y toda la región.
Que fue invitado a participar de distintas misiones comerciales en el
exterior, tanto desde la Provincia de Córdoba como desde la Nación.
Que es importante reconocer el aporte que realizó, como tantas otras
personas, en su vida diaria para que nuestro pueblo crezca, habiendo
formado parte de la historia de Brinkmann, con un espíritu solidario y
comunitario, siendo testigo de su progreso.
Que hoy nuestra Ciudad en particular, y la región toda, con mucho
pesar, deben despedir los restos de Don Averaldo Giacosa, un
empresario visionario que con esfuerzo, dedicación y perseverancia,
permitió el crecimiento de una ciudad en puja, posibilitando que muchas
familias brinkmanenses tengan un trabajo digno.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRINKMANN
D E C R E T A
Artículo 1º: DECLÁRESE duelo por el término de 24 horas, en todo el
ámbito de nuestra Ciudad, a partir de la firma del presente, con motivo
del fallecimiento del Sr. Averaldo Santiago Giacosa, Ciudadano Ilustre
de Brinkmann.
Artículo 2º: RÍNDASE a los restos mortales del extinto, los honores que
el recuerdo del mismo merece.
Artículo 3°: DISPÓNGASE que en todos los establecimientos públicos
dependientes del Municipio, las banderas, Nacional, Provincial y Local
permanezcan izadas a media asta en señal de duelo, por el término de
24 horas.
Artículo 4º: INVÍTESE a las instituciones de la ciudad a dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3°.
Artículo 5º: CÚRSESE nota de pésame con transcripción del presente
Decreto, a la familia del Sr. Averaldo Santiago Giacosa.
Artículo 6º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y
archívese.
Brinkmann, 03 de agosto de 2.020.-

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