Rige el nuevo impuesto sobre cooperativas y mutuales
Deberán pagar una alícuota máxima del 4%. El nuevo impuesto establece que el mínimo no imponible será de $ 50 millones, por lo cual hasta ese valor de facturación las cooperativas están exentas de pagar el tributo.
La iniciativa fija además que hasta cien millones deberán pagar una alícuota del 3% sobre el excedente de $ 50 millones y esa alícuota alcanzará el 4% cuando el patrimonio supere los 100 millones de pesos.
La medida crea una contribución extraordinaria, de carácter transitorio, sobre el capital de cooperativas y mutuales que desarrollen actividades de ahorro, de crédito y/o financieras y de seguros y/o reaseguros, que se aplicará en todo el territorio de la Nación.
Fuente: Ámbito Financiero