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LEGISLATURA: La figura del abogado del niño, cada vez más cerca

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Un paso importante para ampliar los derechos y garantías constitucionales de la infancia se daría hoy en la Legislatura. Si se cumple lo previsto, se aprobará el proyecto de ley que establece la figura del abogado del niño y la reforma de la ley 9.944 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

De aprobarse, Córdoba será una de las pocas provincias que contará, con esta figura junto con Buenos Aires y Río Negro.

“La ley busca brindar mayor celeridad a los juicios en los que se ven involucrados niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. También, incorpora la figura del abogado del niño, la reglamentación de la mediación, e integra otras medidas alternativas a la privación de la libertad y plazos para las etapas del proceso penal”, indicó José Piñero, titular de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) de Córdoba.

El proyecto de ley fue presentado por el Poder Ejecutivo provincial y cuenta con un antecedente de 2016, cuando fue impulsado por el legislador Martín Fresneda, jefe del bloque Córdoba Podemos.

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Funciones

El abogado del niño, cuyos honorarios estarán a cargo del Estado, ejercerá la defensa en aquellos casos en que un infante haya sido víctima y en que, con su consentimiento, requiera de su intervención. La figura no responderá para los casos en que el niño o adolescente está acusado de un delito, ya que para eso la ley ya establece la obligatoriedad de un abogado defensor.

El proyecto busca reglamentar las características y los requisitos que deberá contar un profesional para inscribirse en el registro y ejercer esta función.

Podrá intervenir en casos de instancia civil, penal, o en medidas administrativas. Así, por ejemplo, en un caso en el que un chico fue víctima de abuso sexual intrafamiliar, este podrá optar por tener un abogado que lo represente y que no esté pagado por ninguno de sus progenitores. “También funcionará como una herramienta de control de nuestra tarea en Senaf y del Estado en general para con ese niño. Por eso entendemos que esta figura viene a afianzar aún más sus derechos”, explicó Piñero.

Para los casos de jóvenes en conflicto con la ley penal, prevé la incorporación de dos herramientas alternativas a la privación de la libertad.

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Una de ellas es la supervisión en territorio que rige para chicos de 16 y 17 años que pueden quedarse en su casa con un programa de supervisión. La otra es el servicio de beneficio a la comunidad (actividades no remuneradas a favor de alguna institución o bien público con un límite de horas y duración).

Cifras

La Senaf tuvo durante 2018 cerca de 16.500 personas puestas en conocimiento por hechos de vulneración de derechos para niños, niñas y adolescentes, de los que un 14 por ciento corresponde a denuncias por abuso sexual.

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Además, la Senaf tomó 922 medidas de excepción en la provincia (niños que fueron retirados de sus hogares).

El año pasado, en tanto, 1.150 chicos pasaron por los centros cerrados privados de libertad (Complejo Esperanza y Cesan, y el de Villa María). Con la modificación de la ley 9.944, se espera que menos jóvenes tengan que ir a estos centros.

Un caso que ilustra sobre un rol clave

“Quiero vivir una vez mi vida tranquila y feliz. Eso es lo único que pido, que esto salga rápido, ya esperé mucho, me parece”, dijo una adolescente víctima de abuso sexual el día en que condenaron a su padrastro a mediados del año pasado en un caso que sentó jurisprudencia y que fue contado en las páginas de este diario.
Esta adolescente, de ahora 17 años, sufrió abusos desde los 9 años, y cuando tenía 12 decidió irse de su casa y denunciar a su agresor. Estaba sola, ya que su mamá vivía con su padrastro y sus hermanas estaban institucionalizadas.
El proceso judicial no prosperaba y por eso una trabajadora social contactó a la abogada Vanina Lamberti para que la representara y pudiera ayudarla en el caso.
Lamberti ejerció como abogada querellante de la adolescente antes de la ley y en menos de un año salió la sentencia. Es por eso por lo que destaca la importancia de que los chicos cuenten con esta figura.
“Su agresor estaba en libertad viviendo con su madre”, describió. “Hoy está preso, condenado a 16 años”, indicó Lamberti, quien pidió que el Estado le pagara los honorarios y ahora espera la resolución de la Justicia.
“Creo que la ley vendrá a ratificar más acceso a la Justicia, más derechos, democracia y ciudadanía para los menores de edad”, concluyó Lamberti.
 
Para los inimputables se incorpora la mediación
Es una instancia que rige para chicos menores de 16 años.
La mediación es una medida obligatoria que se incorpora en la modificación de la ley 9.944 para aquellos casos en los que un niño o niña menor de 16 años cometa un delito. Como son inimputables, se establece que deberá encontrarse con la parte afectada para que el niño entienda y asuma lo que hizo.
“Lo importante es trabajar en la reparación del daño y también en la restitución de derechos, teniendo en cuenta los contextos de exclusión a los que pertenecen”, indicó José Piñero, de Senaf.
 
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