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El intendente de Cosquín vetó la ordenanza contra el glifosato

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El intendente municipal de Cosquín, Gabriel Musso vetó el proyecto de ordenanza 3735 que prohibía el uso y la comercialización del glifosato en esa ciudad del departamento Punilla.

La ordenanza había generado sorpresa, ya que Cosquín fue una de las administraciones que fue declarada como «municipio verde» por la Asociación Argentina de Productores en Siembra Directa (Aapresid).

Pese a estos antecedentes, el concejal Raúl Cardinali, de Unión por Córdoba (UPC), impulsó este proyecto y consiguió el apoyo no sólo de los ediles opositores sino de una concejala del oficialismo que votó a favor de la propuesta y en contra de sus compañeros de bancada y de la visión del Ejecutivo.

Con esta decisión de veto, a través del decreto 223/19, el Poder Ejecutivo municipal envío nuevamente la iniciativa al Concejo Deliberante, que había aprobado el proyecto el 17 de abril en una sesión extraordinaria.

Legislación provincial

A la hora de esgrimir los fundamentos del veto, Musso sostiene que al fijar la distribución de la competencia sobre la materia al que se refiere el proyecto aprobado,la ley provincial 9.164 de Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario no ha dejado margen de error, al establecer en su artículo 9 que a partir de la promulgación, su cumplimiento será obligatorio para todos los municipios de la provincia, los que deben adherir o adecuar sus normas a la presente.

También sostiene que el proyecto en cuestión resultaría contrario a la normativa provincial en materia, «al prohibir absolutamente en todo el territorio de la ciudad de Cosquín el uso y la comercialización de un producto químicos o biológico de uso agropecuaria –como lo es el glifosato–, que no ha sido prohibido por la ley provincial 9.164 ni por el Senasa; toda vez que la ley estableció zonas de amortiguación en dos artículos, según el método de aplicación aérea o terrestre», precisa el decreto del intendente municipal.

 Inconstitucional

También destaca que la prohibición total y absoluta de comercialización y uso del herbicida que proponía el decreto podrían ser atacadas de inconstitucional. “Pues no responde a criterio de razonabilidad, teniendo en cuenta que la temática de los compuestos agroquímicos de aplicación a la producción agropecuaria desborda los intereses locales de los municipios, al involucrar cuestiones que interesan a la Nación toda, circunstancia en mérito de la cual se le ha conferido al Gobierno federal el establecimiento de sus bases”, destaca.

La resolución del intendente también precisa que la única autoridad competente para prohibir la aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuarios es el Senasa, conforme lo preceptúa el artículo 15 de la ley provincial 9164.

«Que la autonomía municipal siempre debe ejercerse de acuerdo al principio de supremacía constitucional consagrado en el artículo 161 de la Constitución Provincial y del artículo 31 de la Constitución Nacional. Que el ejercicio del poder de policía le corresponde a la provincia de córdoba, en razón de no haber sido delegado a la Comunidad Regional ni a la Municipalidad de Cosquín por ningún convenio ni ley que así lo disponga», precisa el decreto de veto.

AGROVOZ

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